¿Cómo se maneja el dinero de una persona fallecida en España?

Cuando fallece una persona en España, el dinero que tenía en sus cuentas bancarias no desaparece, pero queda temporalmente bloqueado hasta resolver la herencia. En cuanto el banco es informado del deceso (por los familiares u organismos competentes), suele congelar las cuentas del difunto para impedir movimientos no autorizados. 

Nadie puede retirar fondos libremente hasta que los herederos acrediten sus derechos legales sobre ese dinero. Intentar sacar dinero sin seguir el procedimiento legal está terminantemente prohibido y se considera un delito de apropiación indebida, que puede conllevar sanciones económicas e incluso penas de cárcel. Incluso si alguien era autorizado en vida para operar la cuenta, esa autorización expira con el fallecimiento del titular, por lo que tampoco podría retirar dinero tras su muerte. 

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Bloqueo de la cuenta y acceso de los herederos

Legalmente, el saldo bancario del fallecido forma parte de su herencia. Por ello, desde el momento del deceso, esos fondos pertenecen a los herederos legales, pero no podrán disponer de ellos inmediatamente. El banco bloqueará la cuenta en cuanto tenga constancia del fallecimiento, en cumplimiento de la normativa, para asegurar que nadie disponga del dinero hasta que se realice la testamentaría (trámite de adjudicación de herencia) y se paguen los impuestos correspondientes. Solo tras completar dicho proceso se desbloquearán los fondos para su reparto entre los herederos.

Mientras dure el bloqueo, es posible que la cuenta siga atendiendo cargos domiciliados esenciales (por ejemplo, recibos de luz, agua, seguros) para evitar impagos, a menos que los herederos indiquen lo contrario. Asimismo, existen excepciones legales que permiten usar parte del dinero antes de acabar la herencia: típicamente se autorizan pagos urgentes como los gastos del sepelio (funeral) o ciertas obligaciones fiscales inmediatas del difunto. Estos importes se deducirán del saldo antes del reparto final, y todos los herederos deben estar informados de su uso.

Por otro lado, cualquier retirada no autorizada fuera de estos supuestos constituye delito. Si un heredero u otra persona saca dinero sin permiso, estará incurriendo en apropiación indebida (artículo 253 del Código Penal). Las penas pueden ir de 6 meses a 3 años de prisión, y aumentar hasta 6 años (más multa) si la cantidad sustraída excede 50.000 €. Ser cotitular o autorizado no exime de esta prohibición: las personas autorizadas pierden su poder al fallecer el titular, y los cotitulares de la cuenta solo pueden disponer de la parte que les corresponde. Por ejemplo, si una cuenta tenía dos titulares (el difunto y otra persona), el cotitular sobreviviente solo podría retirar su 50%; si extrajera más dinero del que le toca, estaría cometiendo igualmente un delito.

Pasos para acceder al dinero de un fallecido

Una vez asumida la situación inicial de bloqueo, los herederos deberán completar varios pasos legales para recuperar el dinero del difunto de forma legítima. Estos son los pasos fundamentales:

1. Comunicar el fallecimiento al banco:

Lo primero es notificar a la entidad bancaria que el titular ha fallecido. Para ello se presenta el certificado de defunción emitido por el Registro Civil. El banco registrará la defunción y mantendrá la cuenta bloqueada hasta nuevos trámites. Consejo: también conviene localizar todas las cuentas y depósitos que tuviera el fallecido (revisando documentos, correspondencia o consultando en Hacienda), para no olvidar ningún activo.

2. Acreditar la condición de heredero:

El banco solicitará documentación que demuestre quiénes son los herederos legítimos. Esto normalmente incluye: 

  • El certificado del Registro de Actos de Última Voluntad (que indica si existe testamento y ante qué notario) 
  • Según el caso, una copia autorizada del testamento 
  • Si no hubo testamento, una declaración de herederos abintestato hecha ante notario o juez competente. 

 

Aportar los DNI de los herederos y cualquier documento que acredite su vínculo familiar con el fallecido, si se requiere.

3. Partición de la herencia:

Para disponer del dinero, antes hay que repartir formalmente la herencia. Los herederos deben elaborar el cuaderno particional o acta de adjudicación de herencia, donde se detalla cómo se distribuyen todos los bienes del difunto (incluyendo el dinero de las cuentas). Este documento puede hacerse ante notario o de forma privada, pero en todo caso debe estar firmado por todos los herederos (y el cónyuge viudo si lo hay). En la partición se fija qué importe le corresponde a cada heredero.

4. Liquidar el Impuesto de Sucesiones:

Antes de que el banco libere los fondos, los herederos deben pagar el impuesto de sucesiones correspondiente o justificar su exención. Este tributo se liquida ante la Hacienda de la comunidad autónoma en un plazo general de 6 meses tras el fallecimiento (prorrogable otros 6 meses con intereses). Cada heredero debe presentar la autoliquidación del impuesto (modelo oficial) incluyendo los saldos heredados. El banco exigirá el justificante de pago o exención del Impuesto de Sucesiones como requisito obligatorio antes de permitir retirar el dinero, ya que la ley le hace responsable subsidiario de que ese impuesto se abone. En muchas regiones, este impuesto está bonificado para parientes directos, pero aunque sea una cuantía mínima es obligatorio presentar la liquidación a Hacienda.

5. Presentar la documentación y retirar los fondos:

Con todos los documentos en regla (certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o acta de herederos, partición firmada y justificante del impuesto pagado), los herederos deben acudir al banco para solicitar la disposición de los fondos. La entidad verificará la documentación y normalmente elaborará un informe interno de testamentaría indicando el reparto acordado. Si todo es correcto, cada heredero podrá retirar o recibir mediante transferencia la parte del dinero que le corresponde. Por lo general, tras distribuir el dinero entre los beneficiarios, la cuenta del fallecido se cancelará o quedará a cero.

Consideraciones finales: plazos y consejos

El proceso de gestionar el dinero de un familiar fallecido puede durar varias semanas o meses, dependiendo de la complejidad de la herencia y de la agilidad con que se obtengan los documentos. No existe un plazo fijo legal para que el banco libere el dinero una vez entregada la documentación, pero en cuanto todo esté en orden, lo normal es que en pocos días o semanas los fondos queden accesibles a los herederos. 

Por otro lado, aunque no hay prisa inmediata por retirar el dinero, conviene no demorar los trámites más de lo necesario. Tenga en cuenta que los herederos disponen de hasta 20 años para reclamar los fondos de una cuenta bancaria heredada; pasado ese tiempo, si nadie los reclama, el dinero podría pasar al Tesoro Público (Estado) definitivamente.

En conclusión, manejar el dinero de una persona fallecida requiere paciencia y seguir el cauce legal adecuado. Solo los herederos reconocidos podrán acceder a esos ahorros, y para ello deberán cumplir con la testamentaría y las obligaciones fiscales correspondientes. Lo más recomendable es informar al banco lo antes posible, reunir toda la documentación necesaria y, si surgen dudas o complicaciones (por ejemplo, ausencia de testamento o desacuerdos entre herederos), buscar asesoramiento profesional. Con los trámites bien hechos, los fondos heredados podrán finalmente distribuirse de forma legal, segura y respetuosa con la memoria del fallecido.

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